Versión 11/11/2022
EL COMPRADOR/VENDEDOR, por medio de este documento DECLARA CONOCER Y ACEPTAR las Condiciones Generales de COMPRA-VENTA en Subasta de BCA ESPAÑA AUTOSUBASTAS DE VEHÍCULOS, S.L., con domicilio social en Madrid, calle Sagasta nº 15, y C.I.F. B-92091404 (de ahora en adelante BCA).
Todas las personas, físicas y/o jurídicas, que intervengan en las subastas como COMPRADOR/VENDEDOR conocen y aceptan todas y cada una de las cláusulas de estas Condiciones Generales, entendiendo que éstas son de obligado cumplimiento. El incumplimiento de todas o alguna de estas cláusulas facultará a BCA para impedir el acceso al COMPRADOR/VENDEDOR a participar en sus subastas, ya sea de forma física u online.
Todos los vehículos comprados/vendidos en el sistema de subastas de BCA ESPAÑA AUTOSUBASTAS DE VEHÍCULOS, S.L. se encuentran sujetos a las presentes Condiciones Generales.
Estas Condiciones Generales serán facilitadas de manera gratuita a todos los interesados cuando lo soliciten. Además, se encontrarán expuestas en lugares visibles de las instalaciones de BCA y en su página web: www.bca.com.
1. Definiciones e interpretación de conceptos
1.1. BCA es BCA ESPAÑA AUTOSUBASTAS DE VEHÍCULOS, S.L., que utiliza la marca registrada BCA, que organiza y dirige subastas de vehículos y ofrece otros servicios relacionados con la comercialización de estos.
1.2. Subasta: La oferta de vehículos por parte de BCA, las cuales se llevarán a cabo online a través de las diversas plataformas de subastas utilizadas por BCA y a través de subastas físicas en las instalaciones de BCA o en designados sitios de terceros.
1.3.Puja: El importe de la oferta en euros que BCA ha recibido por un vehículo y el cual BCA ha confirmado con el licitador.
1.4. Subastador: Empleado o representante de BCA, que conduce y dirige la subasta.
1.5. Licitador: Persona que realiza una oferta por un vehículo en algún momento de la subasta del mismo.
1.6. Precio de Reserva: Precio mínimo pretendido por EL VENDEDOR.
1.7. Vendedor: Propietario o su representante, debidamente acreditado, que inscribe su vehículo para ser subastado.
1.8. Comprador Adjudicatario del vehículo.
1.9. Lote Subastado: Cualquier tipo de bien presentado en subasta, incluidos los vehículos a motor ligeros o pesados, ciclomotores, autocaravanas, maquinaria u otros vehículos. Presentado a subasta con un determinado número asignado.
1.10. Tarifas: Las tarifas estándar de los servicios habituales de BCA.
Tasa de Adquisición o Comisión de Compra: Importe debido a BCA por EL COMPRADOR, correspondiente a cada vehículo adquirido en una subasta y sujeto a las tarifas vigentes.
Tasa de Admisión: Importe debido a BCA por EL VENDEDOR, correspondiente a cada vehículo admitido en subasta.
Comisión de Venta: Importe debido a BCA por EL VENDEDOR, correspondiente a cada vehículo vendido en una subasta.
1.11. Valor de Adjudicación: Importe debido a BCA por EL COMPRADOR, correspondiente a cada vehículo adquirido en una determinada subasta. La mayor puja alcanzada en una subasta una vez que alcanza el precio de reserva, o que es aceptada por EL VENDEDOR.
1.12. Precio de Venta a Martillo: La mayor puja ofrecida en una subasta por un determinado lote, la cual representa su valor de adjudicación y, por tanto, se convierte en una venta definitiva.
1.13. Valor Debido por el Comprador: Se corresponde con el valor que deberá pagar el COMPRADOR de un determinado lote, formado por la suma del valor de adjudicación, la tasa de adquisición y el precio de otros servicios contratados a BCA, además del conjunto de los impuestos y tasas debidos al Estado o a cualquier entidad pública como consecuencia de la compraventa.
1.14. Vehículo: Cualquier artículo presentado y expuesto por BCA en sus páginas web de subastas u otra documentación de venta, o cualquier artículo vendido por BCA, consistente en turismos, vehículos comerciales y otros bienes muebles y componentes.
1.15. Vendedor: El propietario original del vehículo que se está poniendo a la venta en la subasta BCA.
1.16. Ficha del Vehículo: Formulario que EL VENDEDOR deberá rellenar y firmar, en el que se describen todos los datos relativos al vehículo que se quiere subastar.
1.17. Ficha de Registro: Formulario que deberán rellenar todos los clientes, ya sean vendedores o compradores, interesados en participar en una determinada subasta.
1.18. Venta Definitiva: Un vehículo se considerará vendido cuando el valor de la oferta sea igual o superior al precio de reserva.
1.19. Venta Provisional: Cuando el valor de la mayor puja realizada por un determinado vehículo no alcance el precio de reserva, la venta se considerará como una venta provisional. BCA informará al licitador y al VENDEDOR de esta situación con el fin de llegar a un acuerdo para el precio que permita la formalización de la compraventa.
1.20. Valor Debido por el Vendedor: Se corresponde con el valor que deberá pagar EL VENDEDOR de un determinado lote a BCA, formado por la tasa de admisión, la comisión de venta y el precio de otros servicios contratados a BCA, además del conjunto de los impuestos y tasas debidos al Estado o a cualquier otra entidad pública.
1.21. Autorización de Retirada: Permiso otorgado por BCA que indica que se cumplen todas las condiciones para que el COMPRADOR pueda retirar un lote adjudicado de las instalaciones de BCA o de donde se encuentre el vehículo, o bien que el VENDEDOR pueda retirar el vehículo no vendido de las instalaciones de BCA.
1.22. Venta en Estado: Un vehículo es Venta en Estado si cumple al menos una de estas condiciones:
1.22.1. Si tiene más de 10 años,
1.22.2. Si tiene más de 180.000 km,
1.22.3. Si su valor de adjudicación es inferior a 1.500 €,
1.22.4. Si debido al estado incierto del vehículo a la hora de realizar la descripción mecánica y de daños, el personal de BCA considera que debe ser clasificado como tal.
Tanto VENDEDOR como COMPRADOR entienden que un vehículo subastado en estas condiciones alcanza un precio de mercado menor. Puede ver más información sobre este tipo de vehículos en la Política de Reclamaciones vigente publicada en la web y expuesta en los centros de subasta.
2. Consideraciones del sistema de venta en subasta
2.1. BCA no se hace responsable de los fallos que pudieran producirse en las comunicaciones, incluido el borrado, transmisión incompleta o retrasos en el envío de datos, no comprometiéndose tampoco a que la web esté operativa en todo momento. Tampoco se hace responsable de que un tercero, quebrantando las normas de seguridad, introduzca virus informáticos o produzca cualquier otro tipo de daño que pueda repercutir en el usuario. BCA se reserva el derecho de modificar las aplicaciones de su página web, bloquear o borrar usuarios y/o ofertas en cualquier momento sin necesidad de indicar los motivos.
2.2. BCA garantizará la aplicación de la igualdad de oportunidades hacia los compradores en todo momento.
2.3. BCA ofrece a los compradores diferentes tipos de subastas, cada una de las cuales garantizará la igualdad de oportunidades de ganar para el COMPRADOR.
2.4. En sus propias subastas abiertas, BCA nunca ofrecerá ninguna oportunidad de compra al por mayor a los compradores.
2.5. Un licitador tiene derecho a pujar por los vehículos en las subastas. Una puja es incondicional e irrevocable durante un periodo de 24 horas tras el cierre de la subasta.
2.6. BCA se reserva el derecho, incluso después de que se hayan realizado las pujas, de retirar los vehículos de la venta o de la subasta y de subsanar los errores, sin que el licitador pueda obtener ningún derecho de su oferta anterior.
2.7. La confirmación de la venta va acompañada de una factura al COMPRADOR por el importe del precio de compra, junto con los gastos y recargos conocidos en ese momento, basados en las tasas.
2.8. El COMPRADOR no tendrá derecho a retirar su puja de un vehículo después de que BCA haya enviado la confirmación de la venta y se haya celebrado el acuerdo de compra. Si, a pesar de ello, el COMPRADOR lo hace, BCA tendrá derecho, a su discreción, a exigir el cumplimiento o la rescisión del acuerdo de compra con el COMPRADOR.
2.9. Un vehículo ubicado en las instalaciones de BCA que se venda al COMPRADOR tendrá su propiedad transferida al COMPRADOR por BCA, una vez recibido el precio de compra completo y los costes incurridos, mediante la transferencia de la matrícula del vehículo a nombre del COMPRADOR. A partir de ese momento, el vehículo será custodiado por BCA para el COMPRADOR.
2.10. Un vehículo que no se encuentre en las instalaciones de BCA sino en las de un tercero y que se venda al COMPRADOR, tendrá su propiedad transferida al COMPRADOR por BCA después de haber recibido el precio de compra completo, y los costes incurridos, mediante transferencia por parte del COMPRADOR del registro del vehículo a nombre del COMPRADOR. A partir de ese momento, el vehículo quedará a nombre del COMPRADOR.
2.11. Si el COMPRADOR desea exportar el Vehículo, puede solicitar a BCA que organice la exportación.
2.12. BCA podrá grabar, en soporte magnético o por cualquier otro método, las sesiones de las subastas organizadas, reservándose el derecho de exhibir el contenido de dichas grabaciones, siempre que sea requerido, para aclarar o resolver cualquier conflicto en defensa de sus intereses, en sede judicial o extrajudicial. En todo caso, BCA actuará conforme al Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 de 27 de abril (RGPD), así como a la Ley Orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
2.13. Tipos de Subasta:
2.13.1. Las subastas de vehículos suelen pertenecer a una de estas tres categorías: Online, Compra Directa o Subastas Físicas.
2.13.2. Las subastas online son el método por defecto para la compra de un vehículo en BCA, con toda la misma información disponible que una física. Los profesionales de la automoción deben registrarse previamente como usuarios de los sitios web, portales u otras plataformas de subastas de BCA. El registro debe realizarse de forma veraz y solo por personas autorizadas.
2.13.3. La Compra Directa es aquella en la que no se puja por un vehículo, sino que se fija un precio y se garantiza la opción de compra al precio anunciado. Esto puede adoptar la forma de la BCA EuroShop o de Precio Fijo.
2.13.4. Las Subastas Físicas no están disponibles en todos los países, y solo algunas subastas permiten la asistencia física. Las páginas web de los países de BCA incluirán información sobre la disponibilidad de este tipo de subastas.
2.13.5. Las Subastas Físicas y algunas subastas online son dirigidas por un subastador de BCA. El subastador determina la forma en que se lleva a cabo la Subasta y tiene derecho, sin dar razones, a rechazar una Puja, declarar una Subasta inválida o emprender en otros aspectos todo lo que considere apropiado para el correcto desarrollo de la Subasta.
2.13.6. Los detalles del formato de la Subasta se encuentran en el sitio web de BCA (www.bca.com), seleccionando el sitio web en español, en el apartado “Empezando en BCA”.
3. Derechos reservados a BCA
BCA se reserva el derecho a:
3.1. Autorizar o no la entrada de alguna persona a sus instalaciones.
3.2. Aceptar o denegar la solicitud de claves a una persona o empresa para la compra a través de internet en sus subastas online.
3.3. Aceptar o no la entrada de algún vehículo a sus instalaciones.
3.4. Solicitar a cualquier persona ajena a la organización de las subastas que abandone las instalaciones.
3.5. Solicitar al VENDEDOR la retirada de un vehículo de las instalaciones de BCA, una vez satisfechos los gastos referidos a los servicios prestados.
3.6. En casos excepciones y conforme a la Ley, a proporcionar a cualquiera de las partes del contrato de compraventa de un determinado lote la identificación de la otra parte.
3.7. Decidir sobre la posición y número de lote de un vehículo en subasta, tanto física como electrónica.
3.8. No presentar un vehículo a subasta si no se cumplen los requisitos mínimos en cuanto a información completa del vehículo y la propiedad de este.
3.9. Colaborar con las autoridades policiales y/o judiciales contra el fraude por manipulación de kilómetros.
4. Documentación necesaria para registrarse
Para registrarse como cliente de BCA ya sea como COMPRADOR o VENDEDOR, es necesario aportar previamente la documentación requerida para su registro. La relación de documentos solicitados se podrá encontrar tanto en la página web como en los centros de subasta. La falta de algún documento o su no validez, dará lugar a que BCA pueda no aceptar al COMPRADOR/VENDEDOR como participante en las subastas.
Consulte más detalles en nuestra web en el apartado Empezando en BCA/Registro en BCA.
5. Condiciones aplicables al VENDEDOR en la venta de vehículos
5.1. Consideraciones del sistema de venta en subasta. BCA ha aceptado de buena fe cada vehículo presentado a subasta, asumiendo que:
5.1.1. EL VENDEDOR presenta cada vehículo a subasta libre de cargas, salvo que se haga referencia a ese respecto tanto en la entrada como en su publicación en el momento de venta.
5.1.2. Los datos recogidos en la ficha del vehículo son correctos y no existe ninguna falsedad u omisión conocida en el momento de la venta.
5.1.3. El VENDEDOR será responsable de aquello que aconteciese a consecuencia de los errores en la información aportada.
5.2. Aceptación de los vehículos a subasta:
BCA no aceptará ningún vehículo para su venta en subasta sin la entrega por parte del VENDEDOR de lo siguiente:
5.2.1. El vehículo y las llaves de éste (salvo vehículos comercializados a través de subastas en las que éstos se encuentran fuera de las instalaciones de BCA).
5.2.2. Documentación solicitada.
5.2.2.1. Para aceptar un vehículo en subasta, es necesario que el VENDEDOR aporte la documentación original requerida para su entrada. Podrá encontrar la relación de los documentos solicitados tanto en la página web como en los centros de subasta. Es necesario que en ella se pueda comprobar que el VENDEDOR es el titular del vehículo. En caso de que no sea titular, BCA se reserva el derecho a subastar el vehículo y requerirá documentación adicional indicada en la web de BCA o en los centros de BCA.
5.2.2.2. El VENDEDOR está obligado a comunicar cualquier carga o cualquier hecho que pueda impedir o retrasar la transferencia del vehículo a un tercero.
5.2.2.3. Para vehículos procedentes de clientes con sede fiscal en el extranjero, Canarias, Ceuta y Melilla, deberán además presentarse al corriente de pago de los impuestos correspondientes y cualquier otro documento necesario para ultimar su transferencia en España.
5.2.2.4. La falta de algún documento, su no validez o la existencia de cargas, dará lugar a que BCA no autorice la entrada de ese vehículo en subasta. En caso de que BCA decidiese subastarlo, el VENDEDOR está obligado a aportar la documentación faltante en un plazo no superior a 30 días. La superación de este plazo podrá ocasionar la cancelación del contrato de compraventa (anulación de la venta) y la reclamación de los gastos originados por dicha cancelación.
5.2.3. Ficha de Entrada del vehículo (física o electrónica).
5.2.3.1. El VENDEDOR deberá rellenarla y firmarla, o enviar telemáticamente por cualquier otro medio que BCA ponga al alcance de sus clientes. En dicha ficha, se debe aportar la información solicitada, excepto en los casos en que expresamente se acuerde de otra forma.
5.2.3.2. El VENDEDOR autoriza a BCA a hacer públicos a efectos de subasta, todos los datos recogidos en la ficha del vehículo.
5.2.3.3. Al rellenar esta ficha y una vez aceptada por BCA, el VENDEDOR queda obligado a presentar a subasta el mencionado vehículo.
5.2.3.4. En caso de ITV caducada, deberá hacerlo constar en la Ficha de Entrada y se subastaría anunciando dicha incidencia.
5.2.3.5. Cualquier falsedad, incorrección u omisión de algún dato en la ficha del vehículo será de exclusiva responsabilidad del VENDEDOR, siendo el único responsable frente a BCA y/o al COMPRADOR del vehículo, de los perjuicios ocasionados por dicha falsedad, incorrección u omisión.
5.3. Descripción mecánica y de daños.
En caso de efectuarse la cancelación del contrato por discrepancias en descripción mecánica o de daños, BCA es autorizado por el VENDEDOR a modificar la información sobre el vehículo y subastarlo conforme a la nueva descripción.
5.4. Vigencia de una venta provisional.
La venta provisional de un lote determinado se mantendrá como tal durante un plazo de 48 horas hábiles tras la conclusión de la subasta en la que el lote fue subastado.
5.5. Responsabilidad en la Información a BCA en caso de sanción o multa.
Si una vez vendido el vehículo en BCA el VENDEDOR recibe una notificación de sanción o de inicio de procedimiento sancionador, será su responsabilidad comunicarlo a BCA para que realice las gestiones encaminadas a comunicar los datos del conductor y/o del nuevo titular al organismo competente.
BCA quedará exento de cualquier responsabilidad si:
5.5.1. Dicha comunicación no se produce.
5.5.2. Si la misma se lleva a cabo una vez finalizado el plazo dado por el organismo.
5.5.3. Si se realiza sin tiempo suficiente (el 50% del tiempo asignado por el organismo) para poder realizar cualquier alegación.
5.6. Precios de los servicios de BCA.
5.6.1. BCA cobrará una tasa de admisión al VENDEDOR siempre que se presente un vehículo en subasta, incluso cuando no se venda. BCA cobrará dicha tasa cada vez que el vehículo se vuelva a presentar en subasta.
5.6.2. BCA cobrará la comisión de venta al VENDEDOR cuando el vehículo sea adjudicado en subasta y de acuerdo con las tarifas vigentes. Consulte las tarifas y posibles descuentos y promociones en la página web en el apartado “Posventa/Pagos y Tasas” o en los centros de subasta.
5.6.3. En algunos casos, BCA podrá ofrecer uno o varios servicios respecto a un vehículo o vehículos. En esos casos, el VENDEDOR deberá abonar los precios aplicables a los servicios prestados, según las tarifas oficiales de BCA en vigor.
5.6.4. Al precio de los servicios previstos en la presente clausula deberán añadirse siempre todos los impuestos y tasas debidas al Estado o a cualquier otra entidad pública.
5.7. Pago de los vehículos.
5.7.1. El VENDEDOR deberá facturar a BCA el Valor de Venta en subasta que BCA informe, y BCA deberá pagar al VENDEDOR por dicho Valor de Venta en los términos y plazos acordados en cada caso, no estando obligado a entregar al VENDEDOR el precio del lote vendido si antes no ha cobrado el respectivo valor debido al COMPRADOR.
5.7.2. BCA deducirá del precio de los servicios más los impuestos que correspondan en cada caso del precio adeudado al VENDEDOR por cada lote subastado.
5.7.3. BCA emitirá la factura correspondiente por los servicios prestados inmediatamente después de cada subasta.
5.7.4. En caso de reclamación abierta o anulación de la venta de un vehículo, según lo establecido en estas Condiciones Generales y en su Política de Reclamaciones, BCA tendrá derecho a retener el pago hasta que la situación de la venta esté aclarada. BCA también podrá retener los importes correspondientes al VENDEDOR si tuviese razones para considerar que existen informaciones falsas sobre la descripción o el estado del vehículo, sobre su propiedad o los derechos de éste.
5.7.5. La retención prevista en el apartado anterior se mantendrá mientras las dudas pendientes no sean aclaradas, la propiedad del vehículo no se haya demostrado, o el tribunal u organismo competente no se haya pronunciado sobre dicha cuestión. El VENDEDOR no podrá exigir como consecuencia a BCA ni al COMPRADOR responsabilidad alguna.
5.7.6. En el caso de que una venta se anulara conforme a la Política de Reclamaciones de BCA, habiendo recibido el VENDEDOR el pago por parte de BCA, el VENDEDOR se compromete a reintegrar de forma inmediata el importe abonado para su posterior devolución al COMPRADOR.
5.7.7. En el caso de requerimiento de embargo, procedente de cualquier organismo oficial, BCA no pagará el precio debido al VENDEDOR hasta que no justifique que se ha liquidado o, en caso de pagarlo, deducirá el importe de dicho requerimiento.
5.8. Cancelación del contrato de compraventa (anulación de la venta).
5.8.1. El contrato de compraventa podrá cancelarse por diversos motivos, previamente aprobados por BCA y de acuerdo con su Política de Reclamaciones vigente publicada en la web y expuesta en los centros de subasta.
5.8.2. BCA podrá cancelar cualquier compraventa por incumplimiento del apartado "condiciones aplicables a VENDEDOR en la venta de vehículos" de este documento por parte del VENDEDOR.
5.8.3. El VENDEDOR acepta que se podrá resolver el contrato de compraventa por incumplimiento del pago por parte del COMPRADOR, en cuyo caso, el vehículo se incluirá de nuevo en subasta.
5.9. Entrega de vehículos NO vendidos.
En el caso de retirada en las instalaciones de BCA, solo se entregará el vehículo a una persona o empresa transportista debidamente autorizada, de acuerdo con el “Documento de Retirada” facilitado al efecto y disponible en la web de BCA. El conductor deberá acreditar su identidad al personal de BCA que realiza la entrega.
5.10. El subastador tiene la facultad discriminatoria de retirar el vehículo de la subasta si, en base a su criterio, no se dan las condiciones para su venta.
6. Condiciones aplicables a COMPRADOR en la compra de vehículos
6.1. Consideraciones del sistema de venta en subasta.
6.1.1. BCA ha aceptado a cada licitador inscrito en una subasta presuponiendo que está interesado en pujar, de buena fe, para adquirir uno o más vehículos en las condiciones de honorarios, servicios y plazos de pago establecidos en este contrato.
6.1.2. Las subastas de BCA están dirigidas única y exclusivamente a profesionales del sector del automóvil.
6.1.3. Todos los licitadores dispondrán de información suficiente para participar en las subastas de BCA, tanto si son físicas o a través de la web. Dicha Información podrá variar en función del VENDEDOR del vehículo.
6.1.4. En el caso de tratarse de subasta física y siempre que los vehículos se encuentren en el centro, estarán disponibles antes de la celebración de la subasta para su comprobación por parte del licitador interesado.
6.1.5. En las subastas a través de la página web, la última información que aparece en el catálogo antes de la subasta se considerará como definitiva a todos los efectos, salvo en el caso de subastas Live Online (físicas y simultáneamente con video y sonido retrasmitido por internet), en cuyo caso, la información facilitada por el subastador será la que prevalezca.
6.1.6. BCA comercializa vehículos usados a profesionales de la automoción. La Información publicada es orientativa y se proporciona con el fin de ayudarle a tomar su decisión de compra.
6.1.7. En los vehículos que se encuentran en las instalaciones de BCA, BCA proporciona fotografías e Información relativa a los datos, descripción y daños del vehículo, así como sobre su estado mecánico. En ocasiones, BCA subasta vehículos que se encuentran fuera de sus instalaciones. En ese caso, BCA facilita la Información y fotografías proporcionadas por el VENDEDOR.
6.2. Desarrollo de la subasta.
6.2.1. Corresponderá únicamente al subastador llevar a cabo, efectuar y dirigir la subasta, pudiendo rechazar discrecionalmente cualquier puja.
6.2.2. El subastador o cualquier otro empleado de BCA, puede aceptar instrucciones escritas para pujar en representación de potenciales compradores, aunque no se encuentre obligado a aceptar tales instrucciones.
6.2.3. El subastador tiene poder discriminatorio para retirar el vehículo de la subasta si, según su criterio, no existiesen condiciones para su venta.
6.2.4. Todos los vehículos subastados en BCA, salvo indicación expresa en contra, son subastados con el IVA incluido en el precio (en caso de Régimen General). En cada lote se indica el régimen de IVA que le corresponde.
6.2.5. Toda puja es un compromiso de compra por parte del licitador que la realiza, tanto si es una Venta Definitiva en el momento del cierre del lote en subasta, como si es una Venta Provisional y el VENDEDOR acepta el importe pujado por el licitador.
6.2.6. El precio de venta del lote será:
6.2.6.1. La máxima puja recibida por el mismo, en el caso de adjudicación directa.
6.2.6.2. La máxima puja recibida, en el caso de que el VENDEDOR acepte el importe de esta tras la negociación de la Venta Provisional.
6.2.6.3. EL nuevo precio acordado y aceptado por ambas partes tras la negociación de la Venta Provisional.
6.2.7. BCA enviará la factura en las próximas horas tras el cierre de la subasta y el COMPRADOR está obligado a efectuar el pago del vehículo y los servicios de BCA en los plazos establecidos en el apartado de Posventa/Pagos y Tasas en nuestra página web. La no recepción de la factura no será pretexto del impago de esta, siendo responsabilidad del COMPRADOR el reclamarla si no le consta haberla recibido una vez adjudicado el vehículo.
6.2.8. En pujas físicas, BCA entregará al cliente su número de licitador, el cual deberá mostrar para que los vehículos adquiridos sean facturados a la empresa que corresponda a ese número de licitador.
6.2.9. En relación con las pujas realizadas a través de la web de BCA, el COMPRADOR acreditado participante en la subasta, será el único responsable del uso de sus claves, no pudiendo alegar desconocimiento o error como argumento para cancelar una venta.
6.2.10. En subasta física y Live Online (física y electrónica simultáneamente o electrónica con subastador), el subastador es la única persona autorizada para decidir sobre:
- Cualquier incidencia ocurrida durante la puja de un determinado lote.
- Cualquier incidencia ocurrida después del golpe del martillo.
- Cualquier incidencia que implique la necesidad de anular la subasta de determinado lote, el cual podrá volver a subastarse en esa misma sesión o en cualquier otra.
6.3. Precios de los servicios de BCA.
6.3.1. BCA cobrará al COMPRADOR unas Tarifas iguales a las que figuran en la lista de Tarifas en vigor en el momento de la Subasta o en el momento en que los servicios sean prestados por BCA.
6.3.2. Las Tarifas de BCA pueden consultarse en la página web de BCA (www.bca.com), seleccionando el país correspondiente y navegando hasta el apartado de Pagos y Tasas. Las tarifas pueden ser ajustadas periódicamente por BCA. Todas las tarifas excluyen el IVA.
6.3.3. BCA facilitará a sus clientes, tanto en los centros de subasta como a través de su web, sus tarifas de servicios. Éstas podrán ser actualizadas sin previo aviso, en este caso BCA se compromete a tener las nuevas tarifas publicadas con al menos 24 horas de antelación a la celebración de la subasta en la que se apliquen.
6.3.4. BCA cobrará una tasa de adquisición o comisión de compra al adjudicatario de cada vehículo COMPRADOR en subasta y de acuerdo con las tarifas vigentes. Consulte las tarifas en la página web en el apartado Posventa/Pagos y Tasas de la página web o en los centros de subastas.
6.3.5. El cambio de titularidad de los vehículos adquiridos por compradores nacionales será la transferencia.
6.3.6. Cuando el COMPRADOR revenda un vehículo adquirido en BCA, se cobrará como VENDEDOR, una tasa de admisión y comisión de esa nueva venta.
6.3.7. En algunos casos, BCA podrá ofrecer uno o varios servicios respecto a un vehículo o vehículos de una subasta, por ejemplo, con transporte incluido. En ese caso, el COMPRADOR deberá abonar los precios aplicables a los servicios prestados, según las tarifas oficiales de BCA en vigor.
6.3.8. BCA cobrará una tasa de estancias, según los términos de la sección Posventa/Pagos y Tasas de la página web.
6.3.9. Al precio se los servicios previstos en la presente cláusula deberán añadirse siempre todos los impuestos y tasas debidas al Estado o a cualquier otra entidad pública.
6.3.10. Los gastos ocasionados por el transporte de los Vehículos al COMPRADOR correrán siempre a cargo de éste.
6.3.11. BCA tiene derecho a enviar facturas electrónicas.
6.4. Pagos, anulaciones, bloqueo y desbloqueo de cuentas, transmisión de la titularidad y entrega del vehículo al COMPRADOR.
6.4.1. Pago del vehículo: El COMPRADOR realizará inmediatamente un pago, o iniciará el proceso para realizar un pago, para la compra del vehículo en el que tuvo la oferta ganadora y que le haya sido facturado.
6.4.1.1. BCA solo dará autorización de salida de los vehículos tras el cobro efectivo del valor debido por el COMPRADOR y todos los gastos relativos a servicios realizados por BCA relacionados con el vehículo u otros pendientes y de acuerdo con las Condiciones Generales de Compra Venta en Subasta.
6.4.1.2. El valor debido por el COMPRADOR deberá ser pagado a BCA en un plazo de 2 días laborables a partir de la emisión de la factura mediante transferencia desde la cuenta bancaria que está a nombre del comprador. Si la cuenta bancaria del COMPRADOR no se encuentra en un país donde la empresa tiene su sede, BCA tiene derecho a ponerse en contacto con el comprador y pedir que el pago se ejecute desde el país donde la empresa tiene su sede, a menos que el cliente nos proporcione la prueba de la propiedad de la cuenta bancaria en un país desde el que ejecutó un pago.
El pago de las cantidades adeudadas deberá realizarse en los números de cuenta indicados por BCA.
6.4.1.3. BCA bloqueará la cuenta del COMPRADOR temporalmente si no se recibe el pago completo por las facturas de los vehículos antes del 7º día laborable siguiente a la emisión de la factura. Si el pago sigue sin recibirse antes del 10º día laborable, la venta se cancelará y la cuenta del Comprador se bloqueará definitivamente. La cuenta del Comprador permanecerá bloqueada hasta que todas las deudas pendientes (gastos de cancelación y desbloqueo) sean pagadas en su totalidad.
Si existen facturas impagadas por otros conceptos por importe superior a 300 EUR durante más de 20 días laborables, el comprador también será bloqueado.
6.4.2. Solicitud de anulación.
6.4.2.1. BCA acepta la primera solicitud de cancelación (1 vehículo) por año natural sin impacto financiero o de bloqueo en la cuenta del COMPRADOR. El COMPRADOR debe solicitar la anulación de la compra a BCA dentro de las 24 horas siguientes al momento de la venta a través del formulario online de reclamaciones.
6.4.2.2. Si se solicita una segunda anulación de compra dentro de las 24 horas siguientes a la hora de venta dentro de un mismo año natural, BCA aceptará la anulación y el COMPRADOR deberá abonar una tasa de anulación 500 EUR más IVA.
6.4.2.3. La tercera solicitud de anulación de venta de un vehículo dentro de un mismo año natural será rechazada automáticamente y se bloqueará la cuenta del COMPRADOR en BCA.
6.4.2.4 Para que una solicitud de anulación sea aceptada, se debe realizar a través del formulario de reclamaciones online dentro de las 24 horas siguientes al momento de la venta. De no realizarse en tiempo y forma se dará por válida la compra, esperando BCA el pago completo.
6.4.3. Otras deudas de facturas.
6.4.3.1. Para cualquier otra deuda, la cuenta del COMPRADOR será bloqueada si la cuenta del COMPRADOR presenta más de 300 € de pagos atrasados por un periodo superior a 20 días naturales.
6.4.4. Bloqueo/desbloqueo de cuentas.
6.4.4.1. En caso de que se produzcan acciones de bloqueo o desbloqueo de una cuenta del COMPRADOR, éste será informado y su comercial le comunicará el motivo.
6.4.4.2. La acción de bloqueo implica que los accesos del comprador se bloquearán automáticamente en todos los países en los que el comprador tenga una cuenta BCA válida.
6.4.4.3. El desbloqueo de la cuenta sólo se produce con el pago de las tasas de anulación pendientes y/u otras deudas de facturas más una tasa de desbloqueo adicional. El importe de la tasa de desbloqueo es de 600 EUR más IVA. La tasa de anulación se aplica por unidad impagada, la tasa de desbloqueo se aplica por incidencia. En caso de deudas en otros países, las deudas deben ser abonada, pero la tasa de desbloqueo se paga una sola vez al país con la deuda más alta.
6.4.4.4. El pago de la tasa no implica automáticamente el desbloqueo de la cuenta. El motivo de la acción de bloqueo inicial desencadenará la decisión de desbloqueo y queda a la entera discreción de BCA (normalmente, el incumplimiento de las normas éticas y del IVA de BCA implicará automáticamente el bloqueo permanente de la cuenta).
6.4.5. Disposiciones especiales.
6.4.5.1. Proceso para vehículos eléctricos sujetos a contratos de alquiler de baterías: Junto con el pago y tan pronto como se adquiera el vehículo, el COMPRADOR reconoce la responsabilidad de hacerse cargo del contrato de alquiler de las baterías del vehículo y realizar todos los trámites necesarios para formalizar la transferencia de la propiedad a su nombre.
6.4.6. Transferencia de la propiedad.
6.4.6.1. La propiedad del vehículo será transferida al COMPRADOR cuando el valor adeudado por el COMPRADOR haya sido liquidado y cobrado efectivamente por BCA sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula de Responsabilidades y Tasas de Estacionamiento.
6.4.6.2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, la documentación y las llaves que estén en posesión de BCA, pertenecientes al vehículo vendido, solo se entregarán o enviarán al COMPRADOR o persona/empresa autorizada tras el pago efectivo de todas las cantidades adeudadas por los servicios prestados por BCA.
6.4.6.3. Los vehículos comercializados por BCA pueden encontrarse en algún momento del proceso de transferencia al cliente comprador en estado de Baja Temporal en Tráfico. Es responsabilidad del cliente comprador conocer el estado de la documentación del vehículo antes de que se circule con el mismo.
6.4.6.4. Tras formalizarse la venta, durante la tramitación de la documentación, el vehículo podrá encontrarse en situación de ITV caducada o de "baja por tránsito comunitario o exportación" (en caso de venta a clientes extranjeros). En ese caso, será responsabilidad del comprador conocer el estado de la documentación del vehículo antes de circular con el mismo y de lo que acontezca en relación con el vehículo hasta la tramitación final de la documentación.
6.4.6.5. El COMPRADOR devolverá rápidamente los documentos que acrediten el cumplimiento de estas condiciones y otras normas externas. Estos documentos incluyen, pero no se limitan a: CMR, Declaración de Aduanas, seguro de transporte si procede, y compromiso de alquiler de batería si procede.
6.4.6.6. Los retrasos en la entrega de la documentación mencionada en los puntos anteriores pueden dar lugar a los correspondientes retrasos en la entrega del vehículo al COMPRADOR y, en última instancia, a la cancelación de la compra.
6.4.7. Recogida local de vehículo.
6.4.7.1. Recogida del vehículo por cuenta propia (esta opción sólo está disponible para un vehículo que rueda por sí mismo y no dañado; cualquier vehículo que no ruede por sí mismo o dañado debe ser transportado por una empresa profesional de transporte de vehículos de ese tipo).
6.4.7.2. Se debe concertar una cita con 24 horas de antelación (en horario laboral), poniéndose en contacto con el lugar de recogida.
6.4.8. Compras transfronterizas Recogida fuera de la UE.
6.4.8.1. No se permite la auto recogida del vehículo cuando la compra de éste se realiza fuera del país del COMPRADOR. El COMPRADOR debe organizar el transporte del vehículo únicamente a través de una empresa profesional de transporte.
6.4.8.2. Las citas deben tomarse con una antelación de 24 horas, poniéndose en contacto con el centro de recogida.
6.4.8.3. La recogida del vehículo debe ejecutarse dentro de los 9 días naturales siguientes al día de la factura.
6.4.8.4. En caso de no cumplir con este plazo, se facturará al COMPRADOR una tasa de estancias por importe de 18 € por día natural a partir del 9º día natural. Si para el 15º día natural después de la factura, el vehículo no ha sido recogido por el COMPRADOR, BCA se reserva el derecho de considerar esta situación como una cancelación (se aplican las condiciones de la sección 8).
6.4.8.5. El COMPRADOR tiene que asegurar todos los requisitos de cumplimiento del IVA de la UE y las gestiones administrativas relacionadas:
- Declaración del cliente,
- CMR,
- Prueba del seguro de transporte emitida por la empresa de transporte de terceros o una factura de compra de transporte.
6.4.8.6. El incumplimiento de estos términos en el plazo establecido implica un riesgo directo en la devolución del depósito del IVA al COMPRADOR por parte de BCA (cumpliendo con la normativa del IVA de la UE).
6.4.9. Transporte de las compras transfronterizas dentro de la UE.
6.4.9.1. Transporte automático. Todos los vehículos comprados de forma transfronteriza están sujetos a un transporte automático dentro de la UE (todos los países del interior de la UE a excepción de las islas) organizado por BCA a la dirección del COMPRADOR, principal o alternativa, proporcionada por él mismo. El país de la dirección de entrega alternativa no puede diferir del país en el que el COMPRADOR está registrado y se requiere que el COMPRADOR proporcione un formulario de dirección de entrega alternativa de BCA completado y una prueba de alquiler o propiedad.
6.4.9.2. No se permite la recogida por cuenta propia o a través de terceros. Los vehículos comprados no pueden ser transportados hasta que el pago válido haya sido recibido y confirmado por BCA. Siempre que se envíe un correo electrónico de confirmación de la dirección, si esa no es la dirección en la que el COMPRADOR pretende recibir los vehículos, el COMPRADOR deberá ponerse en contacto con BCA en un plazo de 24 horas.
6.4.9.3 El transporte automático de BCA está disponible para todos los coches con movilidad propia; quedan excluidos los coches dañados y los que no puedan subir a un camión de transporte por sus propios medios.
6.4.9.4 Independientemente de que el transporte transfronterizo sea organizado por el COMPRADOR, o por BCA Transport, el transportista no puede tener relación con el COMPRADOR de la mercancía. A estos efectos, las dos partes no se considerarán "independientes" cuando (i) compartan la misma personalidad jurídica; y si cumplen alguno de los criterios establecidos en el artículo 80 de la Directiva del IVA (tienen vínculos familiares u otros vínculos personales estrechos, vínculos de gestión, de propiedad, de afiliación, financieros o jurídicos. Los vínculos jurídicos podrán incluir las relaciones entre un empleador y un empleado, la familia del empleado u otras personas que tengan un vínculo estrecho con este último), como por los apartados a) y b) ii) del apartado 1 del artículo 45 bis del Reglamento de ejecución de la UE.
BCA se reserva el derecho de no realizar el transporte siempre que el comprador y el transportista sean partes vinculadas o, en cada caso, solicitar elementos adicionales para respaldar la exención del IVA.
6.4.10. Entrega del vehículo.
6.4.10.1. En el caso de retirada en las instalaciones de BCA, solo se entregará el vehículo a una persona o empresa transportista debidamente autorizada, de acuerdo con el “Documento de Retirada” facilitado al efecto y disponible en la web de BCA. El conductor deberá entregar una copia de su DNI a la persona de BCA que realiza la entrega.
6.4.10.2. Los vehículos vendidos en subasta carecen de seguro en vigor desde el momento de la retirada y es responsabilidad del COMPRADOR, lo que aconteciere y en relación con el vehículo una vez abandone las instalaciones en las que se encuentra; salvo cuando BCA realice el servicio de transporte, en cuyo caso la responsabilidad será de BCA hasta que el vehículo sea entregado al COMPRADOR.
6.4.10.3. Desde el momento de la retirada del vehículo por parte del COMPRADOR o de la entrega del vehículo cuando sea transportado por BCA, será responsabilidad del COMPRADOR todo lo que aconteciere en relación con el mismo, incluidas las sanciones por incumplimiento de las normas de Tráfico. El COMPRADOR, autoriza expresamente a BCA a informar a la autoridad competente en el caso de que sea requerida por la misma como consecuencia de tales incumplimientos.
6.4.10.4. Dentro del mismo país de destino, si la dirección de entrega del COMPRADOR es diferente de la dirección registrada estándar del COMPRADOR, el COMPRADOR debe completar el documento correspondiente ("Confirmación de la dirección de entrega alternativa").
6.4.10.5. BCA no garantiza que el vehículo retirado de sus instalaciones o de campas externas, se encuentre en condiciones óptimas para circular, siendo responsabilidad de quien retira el vehículo el hacer las comprobaciones oportunas. El COMPRADOR asumirá las responsabilidades que se deriven de la no realización de dichas comprobaciones.
6.5. Responsabilidades y tasas de estacionamiento.
6.5.1. Los riesgos derivados del estacionamiento del vehículo hasta el momento de su venta, estarán cubiertos por las pólizas de seguro de BCA.
6.5.2. Los riesgos derivados del estacionamiento del vehículo hasta 7 días naturales después de generarse la factura de compra, serán cubiertos por las pólizas de seguro de BCA. A partir de ese momento, BCA no se hace responsable de posibles faltantes o daños en el vehículo. En el caso de tratarse de un COMPRADOR con domicilio fiscal fuera de España, el plazo de 7 días se extenderá a 15 días naturales.
6.5.3. BCA cobrará el servicio de estacionamiento (estancias) por vehículo y día, según los plazos y tarifas vigentes publicadas en el apartado Posventa/Pagos y Tasas en la web. Dicho cargo deberá ser abonado antes de la retirada del vehículo.
6.5.4. Los compradores que hayan contratado el servicio de transporte con BCA, estarán libres del pago de las tarifas de estancias mencionadas en el apartado anterior siempre que se haya abonado dentro del periodo gratuito de estancias.
6.6. Facturación exenta de IVA.
Un vehículo se facturará exento de IVA cuando el COMPRADOR acredite que su empresa tiene su domicilio fiscal fuera del territorio fiscal español y cumpla los requisitos mencionados en los Procedimientos de Exención de IVA disponibles en la web de BCA y en todos los centros de subastas.
6.7. Cancelación del contrato de compraventa (anulación de la compra).
6.7.1. El contrato de compraventa podrá cancelarse por diversos motivos, previamente aprobados por BCA y según el punto de reclamación reflejado en estas Condiciones Generales.
6.7.2. BCA podrá resolver cualquier compraventa por incumplimiento del apartado “consideraciones del sistema de venta en subasta” de este documento.
6.7.3. BCA admitirá reclamaciones referentes al vehículo o servicios, siempre en la forma y los plazos acordados y según el apartado de “reclamaciones” reflejado en estas Condiciones Generales.
6.8. Incumplimiento por parte del COMPRADOR.
A pesar de que el COMPRADOR haya completado el registro y haya sido debidamente validado, BCA se reserva el derecho de suspender temporal o permanentemente el registro y el correspondiente acceso a las subastas por las siguientes razones, entre otras:
- No comunicar o proporcionar cualquier documento solicitado por BCA,
- Falta de pago en los 7 días siguientes a la fecha de la factura,
- Comportamiento inadecuado hacia el personal de BCA,
- Divulgación de las credenciales, personales y confidenciales, a terceros,
- Fraude comprobado o presunto, en documentaciones o identificaciones, o cualquier comportamiento ilícito,
- Contacto con el VENDEDOR.
BCA informará al profesional de la automoción, a través de cualquier medio, de la suspensión de su cuenta y de la tarifa de desbloqueo.
Si el COMPRADOR no cumpliese con su obligación de pago, BCA podrá:
- Dar por resuelto, en nombre del COMPRADOR, el contrato de compraventa (anulación de la compra).
- Ejercer contra el COMPRADOR cuantas acciones legales estime necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
7. La presentación del vehículo
7.1. La información puesta a disposición del COMPRADOR.
7.1.1.Nuestro mercado es europeo, nuestros compradores son de toda Europa (y más allá). Por lo tanto, es natural que cualquier descripción de un vehículo también esté siempre en inglés cuando sea posible. Por lo tanto, si cualquier parte importante de la información de última hora debe ser compartida durante la subasta por el subastador, siempre se compartirá de forma escrita en español e inglés. Si detectamos algún riesgo de que la información pueda no ser comprendida, el vehículo se retirará de la subasta para introducirse en una posterior.
7.1.2. BCA expone todos sus vehículos a la venta en sus plataformas de venta y se compromete a proporcionar la siguiente información al COMPRADOR:
7.1.2.1. Una descripción del vehículo:
7.1.2.1.1. Marca,
7.1.2.1.2. Modelo,
7.1.2.1.3. Fecha de matriculación,
7.1.2.1.4. Lectura del cuentakilómetros (+/- 50 km),
7.1.2.1.5. Tipo de caja de cambios (automática/manual),
7.1.2.1.6. Tipo de combustible (gasolina, diésel, totalmente eléctrico, híbrido, energías alternativas),
7.1.2.1.7. Color del vehículo,
7.1.2.1.8. Número de plazas (identificado durante la evaluación, podría diferir de la documentación del vehículo),
7.1.2.1.9. Número de puertas,
7.1.2.1.10. Uso anterior del vehículo,
7.1.2.1.11. Régimen de IVA del vehículo (IVA en Régimen General o en Régimen de Bienes Usados),
7.1.2.1.12. Tipo de propiedad de la batería o arrendamiento de ésta (en el título del vehículo y en la descripción) en los vehículos eléctricos,
7.1.2.1.13. Presencia o ausencia de documentos del vehículo en el momento de la venta.
7.1.2.2. Una lista del equipamiento del vehículo (incluyendo, cuando se disponga de ello: información sobre daños anteriores y COC),
7.1.2.3. Un conjunto de fotos comerciales (mínimo 4 fotos),
7.1.2.4. Cuando esté disponible, una imagen de la última página de los registros del historial del Libro de Revisiones. Cuando la información se registre digitalmente, se proporcionará una imagen de la pantalla del salpicadero, en la que se muestra la información del Libro de Servicio,
7.1.2.5. Un informe de valoración estética del vehículo, tanto del interior como del exterior, con fotos de los daños identificados en los vehículos.
7.1.3. Además, BCA proporcionará para todos los vehículos no dañados y en funcionamiento, una inspección visual y técnica limitada realizada en los vehículos. La información contenida en el informe se basa en las observaciones realizadas por el personal técnico de BCA en el momento de la inspección.
7.1.4. La inspección técnica ha sido contemplada para la venta a un profesional del sector del automóvil y es orientativa. En caso de discrepancias, se puede encontrar más información en la Política de Reclamaciones vigente publicada en la web y expuesta en los centros de subastas.
8. Tratamiento de datos
En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 de 27 de abril (RGPD), así como de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), se informa al COMPRADOR /VENDEDOR que sus datos serán incluidos en ficheros informatizados titularidad de BCA Autosubastas de Vehículos S.L. con la finalidad de poder llevar a cabo la relación comercial y mantenerle informado sobre las actividades de la empresa. El COMPRADOR/VENDEDOR presta su consentimiento para la aceptación de Información a través de medios electrónicos (SMS y correo electrónico) En los casos en los que BCA tenga conocimiento (a través del propio VENDEDOR) de que el vehículo ha sido objeto de multa sin haberse producido aún el cambio de titularidad en Tráfico, BCA comunicará bajo requerimiento del VENDEDOR, los datos del COMPRADOR para cumplir con la normativa de tráfico que obliga a identificar al conductor del vehículo infractor. Puede ejercitar los derechos contemplados en la normativa de acceso, rectificación, cancelación y oposición al envío de información por medios electrónicos mediante comunicación escrita al departamento de Atención al Cliente de BCA o a través de [email protected].
El COMPRADOR/VENDEDOR puede encontrar más información sobre la Declaración de Privacidad en la página web www.bca.com.
9. Confidencialidad
El COMPRADOR/VENDEDOR y BCA se comprometen y obligan, tanto durante la vigencia de este contrato, como son posterioridad a la finalización de éste por cualquier causa, a mantener el secreto de cuantos datos o circunstancias personales o materiales conozcan como consecuencia de esta relación, y que afecten a actividades o negocios de sus clientes.
Así mismo, se comprometen y obligan a conservar y mantener con la debida diligencia la documentación que deban utilizar, adoptando las medidas cautelares que procedan para evitar cualquier forma de reproducción, conocimiento o divulgación por parte de otras personas no autorizadas, extendiéndose esta obligación de reserva a cuantos datos se introduzcan, se conserven o se obtengan en el uso del sistema informático de las partes.
Esta obligación se extiende a los empleados de las dos partes, o a cualquier tercero que pudiera tener relación con el presente contrato.
10. Legislación aplicable
Para todo aquello no expresamente pactado en este contrato se aplicará la legislación mercantil y civil vigente en España.
11. Exclusión
Al ser la relación entre ambas partes meramente mercantil, queda excluida de su aplicación a este contrato la legislación de consumo y/o de protección de consumidores y usuarios.
12. Validez de las cláusulas
Aunque se dicte la invalidez o incapacidad de alguna cláusula de este contrato en alguna de sus partes, el resto de las cláusulas o de sus partes continuarán siendo válidas y teniendo vigor.